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	<title>Comentarios en: Sobre el Estatuto</title>
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	<description>La ley de la gravedad</description>
	<pubDate>Tue, 16 Mar 2010 21:14:38 +0000</pubDate>
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		<title>By: Pedro</title>
		<link>http://www.lorem-ipsum.es/blogs/laleydelagravedad/2009/11/sobre-el-estatuto.html#comment-2571</link>
		<dc:creator>Pedro</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Nov 2009 22:21:34 +0000</pubDate>
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		<description>Bien, pues ahora Mario explícame como interpretarías la contradicción (supuesta, porque no va a ser el caso al estar en el preámbulo) entre que en el artículado del estatut estuviese el término nación y el artículo de la constitución que habla de las nacionalidades y las regiones.

Espero ver aquí en práctica el excelente método jurídico que nos has mostrado y así poder avergonzarme de mis "humillantes palabras".

Por cierto, se recomienda leer los comentarios dos veces y entenderlos antes de responder. A veces queda más lógico y todo, y puede parecer incluso que las respuestas tienen más sentido que una irreprimible gana de justificar ardientemente ciertos puntos de vista personales.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Bien, pues ahora Mario explícame como interpretarías la contradicción (supuesta, porque no va a ser el caso al estar en el preámbulo) entre que en el artículado del estatut estuviese el término nación y el artículo de la constitución que habla de las nacionalidades y las regiones.</p>
<p>Espero ver aquí en práctica el excelente método jurídico que nos has mostrado y así poder avergonzarme de mis &#8220;humillantes palabras&#8221;.</p>
<p>Por cierto, se recomienda leer los comentarios dos veces y entenderlos antes de responder. A veces queda más lógico y todo, y puede parecer incluso que las respuestas tienen más sentido que una irreprimible gana de justificar ardientemente ciertos puntos de vista personales.</p>
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		<title>By: El blog de Albert Esplugas</title>
		<link>http://www.lorem-ipsum.es/blogs/laleydelagravedad/2009/11/sobre-el-estatuto.html#comment-2569</link>
		<dc:creator>El blog de Albert Esplugas</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Nov 2009 10:03:30 +0000</pubDate>
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		<description>&lt;strong&gt;Sobre la dignidad de Cataluña...&lt;/strong&gt;

La semana pasada el editorial "La dignidad de Catalunya" publicado concertadamente por 12 periódicos catalanes fue el centro de atención y objeto de intenso (y tenso) debate. Después de leer diversas reacciones y reflexionar sobre el asunto, querr...</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Sobre la dignidad de Cataluña&#8230;</strong></p>
<p>La semana pasada el editorial &#8220;La dignidad de Catalunya&#8221; publicado concertadamente por 12 periódicos catalanes fue el centro de atención y objeto de intenso (y tenso) debate. Después de leer diversas reacciones y reflexionar sobre el asunto, querr&#8230;</p>
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	<item>
		<title>By: Mario</title>
		<link>http://www.lorem-ipsum.es/blogs/laleydelagravedad/2009/11/sobre-el-estatuto.html#comment-2567</link>
		<dc:creator>Mario</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 29 Nov 2009 22:19:10 +0000</pubDate>
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		<description>Pedro, parece que te contradices a ti mismo. Por un lado das a entender que debería haber un método para interpretar científicamente las normas jurídicas abiertas. Por otra, prácticamente das por perdida esa posibilidad por culpa de la deliberada ambigüedad, pero luego aventuras que si la justicia fuese más independiente podrían tomarse decisiones más objetivas. Por otra parte, desconozco en qué país los jueces carecen de ideología política, pero no parece que hacerlos más independientes garantice que no usen sus opiniones no jurídicas. Lo único que garantiza que los jueces apliquen &lt;i&gt;de forma apolítica&lt;/i&gt; las normas es que (además de neutrales) sean buenos profesionales.

Lo más sorprendente puede que sea el hecho de que no haya aún sentencia sobre la que opinar: no comprendo qué clase de razonamiento sigue alguien que juzga un decisión ajena antes de que sea tomada. Es posible que tengas dotes adivinatorias de las que el resto carecemos.

Pero lo de que el Derecho español carece de un método hermenéutico jurídico es una mentira tan grande como la capacidad de Messi para dejar sentada a la defensa del Real Madrid. Como me da la sensación de que nunca has visto una sentencia, lo explicaré de forma sencilla: a parte de los criterios interpretativos que establece el artículo 3.1 del vetusto Código Civil, tenemos un flamante texto constitucional que sirve de parámetro interpretativo y de validez de las normas. ¿Y cómo usamos ese parámetro? Bueno, pues depende de qué busquemos en él. Si queremos saber si la norma legal es acorde con la Constitución, primero necesitamos saber qué sentido tiene el precepto constitucional con el que vamos a confrontarla. Para ello, se sigue el "método sistemático": asumiendo que la Constitución es la norma fundamental y que todas sus partes tienen valor jurídico supremo (para eso es la Constitución) debemos interpretarla de tal manera que todos los artículos tengan sentido, conforme a su naturaleza (¿es una regla o es un principio?), de acuerdo con su situación dentro del texto (¿está en el título preliminar o en el Título de las relaciones Gobierno-Cortes?) y de su función en relación a las instituciones que se regulan. Cuando se trata de derechos fundamentales (o de otros principios constitucionales) es necesario ver qué parte de nuestras conclusiones forman parte del llamado "contenido esencial", que debe ser respetado por toda norma legal, y qué parte forma parte del "contenido constitucional" que sólo está presente en defecto de norma legal que regule la materia de que se trate. Una vez hecho todo esto, llega la hora de confrontar la norma constitucional con la norma legal. Y claro, llegamos a la segunda parte del análisis: ¿cómo interpretamos las normas legales? Pues te vas al artículo 3.1 del Código Civil y te da las líneas básicas: conforme al texto, al contexto, la realidad social y la finalidad de la norma. Pero también hay que utilizar los principios constitucionales. La interpretación más correcta siempre es la que maximiza la virtualidad de estos principios (es lo que se llama &lt;i&gt;eficacia interpretativa&lt;/i&gt; de la Constitución). Cuando una norma admite dos interpretaciones distintas, una conforme a la Constitución y otra disconforme, se aplica siempre la constitucional (principio de interpretación conforme a la Constitución de todo el ordenamiento).

No sé. Así, grosso modo, queda explicado el tema. Espero que te avergüences de la humillante ignorancia que denotan tus palabras. 

PD: Este comentario ha sido patrocinado por http://www.facebook.com/pages/Hablar-de-futilidades-en-tono-pretencioso-y-con-vano-alarde-de-erudicion/185453558016?ref=nf</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Pedro, parece que te contradices a ti mismo. Por un lado das a entender que debería haber un método para interpretar científicamente las normas jurídicas abiertas. Por otra, prácticamente das por perdida esa posibilidad por culpa de la deliberada ambigüedad, pero luego aventuras que si la justicia fuese más independiente podrían tomarse decisiones más objetivas. Por otra parte, desconozco en qué país los jueces carecen de ideología política, pero no parece que hacerlos más independientes garantice que no usen sus opiniones no jurídicas. Lo único que garantiza que los jueces apliquen <i>de forma apolítica</i> las normas es que (además de neutrales) sean buenos profesionales.</p>
<p>Lo más sorprendente puede que sea el hecho de que no haya aún sentencia sobre la que opinar: no comprendo qué clase de razonamiento sigue alguien que juzga un decisión ajena antes de que sea tomada. Es posible que tengas dotes adivinatorias de las que el resto carecemos.</p>
<p>Pero lo de que el Derecho español carece de un método hermenéutico jurídico es una mentira tan grande como la capacidad de Messi para dejar sentada a la defensa del Real Madrid. Como me da la sensación de que nunca has visto una sentencia, lo explicaré de forma sencilla: a parte de los criterios interpretativos que establece el artículo 3.1 del vetusto Código Civil, tenemos un flamante texto constitucional que sirve de parámetro interpretativo y de validez de las normas. ¿Y cómo usamos ese parámetro? Bueno, pues depende de qué busquemos en él. Si queremos saber si la norma legal es acorde con la Constitución, primero necesitamos saber qué sentido tiene el precepto constitucional con el que vamos a confrontarla. Para ello, se sigue el &#8220;método sistemático&#8221;: asumiendo que la Constitución es la norma fundamental y que todas sus partes tienen valor jurídico supremo (para eso es la Constitución) debemos interpretarla de tal manera que todos los artículos tengan sentido, conforme a su naturaleza (¿es una regla o es un principio?), de acuerdo con su situación dentro del texto (¿está en el título preliminar o en el Título de las relaciones Gobierno-Cortes?) y de su función en relación a las instituciones que se regulan. Cuando se trata de derechos fundamentales (o de otros principios constitucionales) es necesario ver qué parte de nuestras conclusiones forman parte del llamado &#8220;contenido esencial&#8221;, que debe ser respetado por toda norma legal, y qué parte forma parte del &#8220;contenido constitucional&#8221; que sólo está presente en defecto de norma legal que regule la materia de que se trate. Una vez hecho todo esto, llega la hora de confrontar la norma constitucional con la norma legal. Y claro, llegamos a la segunda parte del análisis: ¿cómo interpretamos las normas legales? Pues te vas al artículo 3.1 del Código Civil y te da las líneas básicas: conforme al texto, al contexto, la realidad social y la finalidad de la norma. Pero también hay que utilizar los principios constitucionales. La interpretación más correcta siempre es la que maximiza la virtualidad de estos principios (es lo que se llama <i>eficacia interpretativa</i> de la Constitución). Cuando una norma admite dos interpretaciones distintas, una conforme a la Constitución y otra disconforme, se aplica siempre la constitucional (principio de interpretación conforme a la Constitución de todo el ordenamiento).</p>
<p>No sé. Así, grosso modo, queda explicado el tema. Espero que te avergüences de la humillante ignorancia que denotan tus palabras. </p>
<p>PD: Este comentario ha sido patrocinado por <a href="http://www.facebook.com/pages/Hablar-de-futilidades-en-tono-pretencioso-y-con-vano-alarde-de-erudicion/185453558016?ref=nf" onclick="javascript:pageTracker._trackPageview('/outbound/comment/www.facebook.com');" rel="nofollow">http://www.facebook.com/pages/Hablar-de-futilidades-en-tono-pretencioso-y-con-vano-alarde-de-erudicion/185453558016?ref=nf</a></p>
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		<title>By: Pedro</title>
		<link>http://www.lorem-ipsum.es/blogs/laleydelagravedad/2009/11/sobre-el-estatuto.html#comment-2566</link>
		<dc:creator>Pedro</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 29 Nov 2009 21:33:43 +0000</pubDate>
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		<description>Creo que el análisis es, en términos generales, acertado. Sin embargo creo que es difícil sostener el España que haya cierto, llamémosle, método científico a la hora de que los tribunales tomen decisiones en materia política.
Los textos de los estatutos y de la constitución son ambiguos a propósito para poder ser compatible con muchas sensibilidades distintas. Y por eso mismo la decisión sobre la constitucionalidad o no de muchos de los artículos del estatut dependerá, casi en exclusiva, de ciertas tendencias ideológicas de los magistrados.
Quizá en un país con una justicia más independiente y con un debate político menos enconado las decisiones judiciales en materia de legislación política serían más objetivas, pero en un país como este y en una entidad que tiene a sus miembros en asociaciones vinculadas ideológicamente (aunque no directa ni orgánicamente) con partidos políticos lo veo francamente complicado.

Un saludo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Creo que el análisis es, en términos generales, acertado. Sin embargo creo que es difícil sostener el España que haya cierto, llamémosle, método científico a la hora de que los tribunales tomen decisiones en materia política.<br />
Los textos de los estatutos y de la constitución son ambiguos a propósito para poder ser compatible con muchas sensibilidades distintas. Y por eso mismo la decisión sobre la constitucionalidad o no de muchos de los artículos del estatut dependerá, casi en exclusiva, de ciertas tendencias ideológicas de los magistrados.<br />
Quizá en un país con una justicia más independiente y con un debate político menos enconado las decisiones judiciales en materia de legislación política serían más objetivas, pero en un país como este y en una entidad que tiene a sus miembros en asociaciones vinculadas ideológicamente (aunque no directa ni orgánicamente) con partidos políticos lo veo francamente complicado.</p>
<p>Un saludo.</p>
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	<item>
		<title>By: J</title>
		<link>http://www.lorem-ipsum.es/blogs/laleydelagravedad/2009/11/sobre-el-estatuto.html#comment-2564</link>
		<dc:creator>J</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 28 Nov 2009 13:38:30 +0000</pubDate>
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		<description>"J, existen sitios donde se puede quemar la bandera y también la efigie del presidente. EEUU, por ejemplo. Y es un estado.

Aunque a mí me parece que quemar la foto del rey o la bandera de España es de un paleto que huele a choto, pero esa es otra cuestión."

Bueno, parece que hay versiones contradictorias, pero eso es lo de menos. Lo que quiero decir es todos los estados cuentan con símbolos exclusivos, con uno o varios idiomas oficiales y hasta con un discurso nacional propio. Esto no es un problema español. De hecho,el problema español, por así decirlo, es precisamente que en el momento de la construcción de un estado liberal, el nacionalismo fue débil por mucho motivos: la mala integración geográfica y política de los territorios, la presencia de la Iglesia -o la ausencia de una nacional- y la pervivencia del absolutismo, etc.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>&#8220;J, existen sitios donde se puede quemar la bandera y también la efigie del presidente. EEUU, por ejemplo. Y es un estado.</p>
<p>Aunque a mí me parece que quemar la foto del rey o la bandera de España es de un paleto que huele a choto, pero esa es otra cuestión.&#8221;</p>
<p>Bueno, parece que hay versiones contradictorias, pero eso es lo de menos. Lo que quiero decir es todos los estados cuentan con símbolos exclusivos, con uno o varios idiomas oficiales y hasta con un discurso nacional propio. Esto no es un problema español. De hecho,el problema español, por así decirlo, es precisamente que en el momento de la construcción de un estado liberal, el nacionalismo fue débil por mucho motivos: la mala integración geográfica y política de los territorios, la presencia de la Iglesia -o la ausencia de una nacional- y la pervivencia del absolutismo, etc.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>By: Heathcliff</title>
		<link>http://www.lorem-ipsum.es/blogs/laleydelagravedad/2009/11/sobre-el-estatuto.html#comment-2563</link>
		<dc:creator>Heathcliff</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 28 Nov 2009 08:54:26 +0000</pubDate>
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		<description>Eso nos lleva, Demo, a una situación como la de la separación entre los checos y los eslovacos: que cuando se lleva una serie de años juntos hay que determinar qué ha puesto cada cual , y cuánto, y cómo.

Todo el mundo puede hartarse en un momento dado de tirar del carro, y los estados no son cárceles, ni siquiera místicas, pero las secesiones unilaterales, o los intentos de cambiar las normas en favor propio en un momento determinad, suelen pasar por aprovechar una ventaja competitiva obtenida con el esfuerzo de todos.

Si unirse genera sinergias, y las aprovechamos, separarse genera externalidades, y el que las crea, las paga.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Eso nos lleva, Demo, a una situación como la de la separación entre los checos y los eslovacos: que cuando se lleva una serie de años juntos hay que determinar qué ha puesto cada cual , y cuánto, y cómo.</p>
<p>Todo el mundo puede hartarse en un momento dado de tirar del carro, y los estados no son cárceles, ni siquiera místicas, pero las secesiones unilaterales, o los intentos de cambiar las normas en favor propio en un momento determinad, suelen pasar por aprovechar una ventaja competitiva obtenida con el esfuerzo de todos.</p>
<p>Si unirse genera sinergias, y las aprovechamos, separarse genera externalidades, y el que las crea, las paga.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>By: zarevitz</title>
		<link>http://www.lorem-ipsum.es/blogs/laleydelagravedad/2009/11/sobre-el-estatuto.html#comment-2562</link>
		<dc:creator>zarevitz</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 28 Nov 2009 00:01:05 +0000</pubDate>
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		<description>"En USA creo que nunca lo ha sido"

Lo ha sido hasta hace relativamente poco, aunque el fundamento para el cambio sea antiguo: http://en.wikipedia.org/wiki/Texas_v._Johnson.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>&#8220;En USA creo que nunca lo ha sido&#8221;</p>
<p>Lo ha sido hasta hace relativamente poco, aunque el fundamento para el cambio sea antiguo: <a href="http://en.wikipedia.org/wiki/Texas_v._Johnson" onclick="javascript:pageTracker._trackPageview('/outbound/comment/en.wikipedia.org');" rel="nofollow">http://en.wikipedia.org/wiki/Texas_v._Johnson</a>.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>By: Citoyen</title>
		<link>http://www.lorem-ipsum.es/blogs/laleydelagravedad/2009/11/sobre-el-estatuto.html#comment-2559</link>
		<dc:creator>Citoyen</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 27 Nov 2009 18:35:00 +0000</pubDate>
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		<description>"Primeramente, la valoración de si una nueva norma A encaja en las reglas preexistentes de un sistema X requiere que el agente valorador no forme parte o se vea implicado en tal sistema."

¿Acabas de descubrir a Alf Ross y a Oliver Wendell Holmes? ¡Bienvenido al mundo real!

Ahora en serio. La parte del artículo dónde explico que esto no es una ciencia exacta y que la gente está influida por prejuicios, actitudes, motivos ocultos etc,... a la hora de interpretar lasnormas pero que aún así, el hecho de que haya que motivar las sentencias, que guardar cierta coherencia, etc,... es un límite a esa discrecionalidad, no la has leído, ¿verdad?

Fernando:

Lo que quiero decir cuando digo que me da igual es que no me importa como se llame o cuanto abarque; lo que me importa es las cosas que haga.

Rafa

"el problema es que a día de hoy es delito quemar una bandera española y no cualquier otra bandera, es delito quemar una foto del rey y no cualquier otra foto, es obligatorio por ley conocer el castellano y no cualquier otra lengua"

El tema del castellano tiene una razón de ser; un problema de eficacia instrumental. Personalmente, si en España fuéramos bilingües en inglés- algo que me parece que cualquier gobierno serio debería proponerse como objetivo a medio plazo-, estaría a favor de que fuera obligatorio conocerlo y no otra lengua. Este blog, de hecho, está en castellano porque pienso que lo leería más gente; sino estaría en inglés.

El tema de la bandera y la foto del rey son cosas, me parece, relativamente menores. Vamos, espero que todo el sentimiento nacionalista se asiente sobre el hecho de que no se puede quemar la foto del rey y la bandera.

Bueno, lo cierto es que cuando Rajoy salió diciendo que por qué no salíamos todos con la bandera el día de la hispanidad, casi todo el mundo se lo tomó a cachondeo. Creo que no hace falta ser Rappel para darse cuenta de que es algo que cada vez será más mayoritario. En Cataluña, todos los partidos tienen una agenda filonacionalista; la diada se celebra como algo intenso; la charla espumosa sobre la diferencia entre "catalanidad" "nacionalismo" "independentismo", etc,... y en general todo el discurso identitario es algo bastante extendido.  No sé, es una impresión y como todas las generalizaciones es injusta, pero creo que es relativamente acertada.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>&#8220;Primeramente, la valoración de si una nueva norma A encaja en las reglas preexistentes de un sistema X requiere que el agente valorador no forme parte o se vea implicado en tal sistema.&#8221;</p>
<p>¿Acabas de descubrir a Alf Ross y a Oliver Wendell Holmes? ¡Bienvenido al mundo real!</p>
<p>Ahora en serio. La parte del artículo dónde explico que esto no es una ciencia exacta y que la gente está influida por prejuicios, actitudes, motivos ocultos etc,&#8230; a la hora de interpretar lasnormas pero que aún así, el hecho de que haya que motivar las sentencias, que guardar cierta coherencia, etc,&#8230; es un límite a esa discrecionalidad, no la has leído, ¿verdad?</p>
<p>Fernando:</p>
<p>Lo que quiero decir cuando digo que me da igual es que no me importa como se llame o cuanto abarque; lo que me importa es las cosas que haga.</p>
<p>Rafa</p>
<p>&#8220;el problema es que a día de hoy es delito quemar una bandera española y no cualquier otra bandera, es delito quemar una foto del rey y no cualquier otra foto, es obligatorio por ley conocer el castellano y no cualquier otra lengua&#8221;</p>
<p>El tema del castellano tiene una razón de ser; un problema de eficacia instrumental. Personalmente, si en España fuéramos bilingües en inglés- algo que me parece que cualquier gobierno serio debería proponerse como objetivo a medio plazo-, estaría a favor de que fuera obligatorio conocerlo y no otra lengua. Este blog, de hecho, está en castellano porque pienso que lo leería más gente; sino estaría en inglés.</p>
<p>El tema de la bandera y la foto del rey son cosas, me parece, relativamente menores. Vamos, espero que todo el sentimiento nacionalista se asiente sobre el hecho de que no se puede quemar la foto del rey y la bandera.</p>
<p>Bueno, lo cierto es que cuando Rajoy salió diciendo que por qué no salíamos todos con la bandera el día de la hispanidad, casi todo el mundo se lo tomó a cachondeo. Creo que no hace falta ser Rappel para darse cuenta de que es algo que cada vez será más mayoritario. En Cataluña, todos los partidos tienen una agenda filonacionalista; la diada se celebra como algo intenso; la charla espumosa sobre la diferencia entre &#8220;catalanidad&#8221; &#8220;nacionalismo&#8221; &#8220;independentismo&#8221;, etc,&#8230; y en general todo el discurso identitario es algo bastante extendido.  No sé, es una impresión y como todas las generalizaciones es injusta, pero creo que es relativamente acertada.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>By: Kantor</title>
		<link>http://www.lorem-ipsum.es/blogs/laleydelagravedad/2009/11/sobre-el-estatuto.html#comment-2558</link>
		<dc:creator>Kantor</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 27 Nov 2009 15:56:51 +0000</pubDate>
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		<description>"En USA creo que nunca lo ha sido"

Primera Enmienda. Era necesario, o un cambio de opinion de la Corte Suprema, o una enmienda constitucional (ya sabes, dos tercios de las legislaturas estatales, aparte del Congreso, el Senado y una autorización directa de Dios, que para eso el original lo escribió el).</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>&#8220;En USA creo que nunca lo ha sido&#8221;</p>
<p>Primera Enmienda. Era necesario, o un cambio de opinion de la Corte Suprema, o una enmienda constitucional (ya sabes, dos tercios de las legislaturas estatales, aparte del Congreso, el Senado y una autorización directa de Dios, que para eso el original lo escribió el).</p>
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	</item>
	<item>
		<title>By: popota</title>
		<link>http://www.lorem-ipsum.es/blogs/laleydelagravedad/2009/11/sobre-el-estatuto.html#comment-2557</link>
		<dc:creator>popota</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 27 Nov 2009 15:54:54 +0000</pubDate>
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		<description>"“…mientras que casi nadie se toma en serio el patriotismo en España-algo totalmente sano y deseable en mi opinión- algo que facilita que seamos una sociedad abierta, los regionalismos se lo toman muy en serio. Eso es lo que me da alergia.”

Gran verdad."

Pues para tomárselo a coña ya es raro que nada menos que el Ministerio de Defensa se dedique a hacer encuestas entre la población para medir el sentimiento patriótico resultando de las mismas que hay un 85% del personal no-nacionalista, bilingüe y cosmopolita que se siente orgulloso de ser español y un 15% de malos españoles, nacionalistas radicales y aldeanos.

Saludos,</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>&#8220;“…mientras que casi nadie se toma en serio el patriotismo en España-algo totalmente sano y deseable en mi opinión- algo que facilita que seamos una sociedad abierta, los regionalismos se lo toman muy en serio. Eso es lo que me da alergia.”</p>
<p>Gran verdad.&#8221;</p>
<p>Pues para tomárselo a coña ya es raro que nada menos que el Ministerio de Defensa se dedique a hacer encuestas entre la población para medir el sentimiento patriótico resultando de las mismas que hay un 85% del personal no-nacionalista, bilingüe y cosmopolita que se siente orgulloso de ser español y un 15% de malos españoles, nacionalistas radicales y aldeanos.</p>
<p>Saludos,</p>
]]></content:encoded>
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